Jueves, 28 de Marzo de 2024

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¿Qué son los datos personales?

Es cualquier información relacionada contigo, por ejemplo:
Tu nombre
Laborales (puesto, domicilio, correo electrónico y teléfono del trabajo)
Teléfono
Domicilio
Fotografía o huellas dactilares
Así como cualquier otro dato que pueda servir para identificarte.
Este tipo de datos te permiten además, interactuar con otras personas, o con una o más organizaciones, así como que puedas ser sujeto de derechos.

¿Qué tipo de datos personales hay?

Existen diferentes categorías de datos, por ejemplo:
De identificación (nombre, domicilio, teléfono, correo electrónico, firma, RFC, CURP, fecha de nacimiento, edad, nacionalidad, estado civil, etc.)
Laborales (puesto, domicilio, correo electrónico y teléfono del trabajo)
Patrimoniales (información fiscal, historial crediticio, cuentas bancarias, ingresos y egresos, etc.)
Académicos (trayectoria educativa, título, número de cédula, certificados, etc.)
Ideológicos (creencias religiosas, afiliación política y/o sindical, pertenencia a organizaciones de la sociedad civil y/o asociaciones religiosas)
De salud (estado de salud, historial clínico, enfermedades, información relacionada con cuestiones de carácter psicológico y/o psiquiátrico, etc.)
Características personales (tipo de sangre, ADN, huella digital, etc.)
Características físicas (color de piel, iris y cabellos, señales particulares, etc.)
Vida y hábitos sexuales, origen (étnico y racial.) entre otros.

¿En qué consiste el derecho a la protección de datos personales?

Es un derecho fundamental de tercera generación que busca la protección de la persona en relación con el tratamiento de su información personal.
Es el poder de disposición y control que faculta a su titular a decidir cuáles de sus datos proporciona a un tercero, así como el saber quién posee esos datos y para qué, pudiendo oponerse a esa posesión o uso.

La protección de datos personales constitucional en México.

Las fracciones II y III del artículo 6 constitucional son las primeras menciones constitucionales expresas que hacen un reconocimiento del derecho a la protección de datos personales y se constituyen como limitantes al ejercicio del derecho de acceso a la información.
El segundo párrafo del artículo artículo 16 constitucional establece, por su parte, que cualquier persona tiene derecho a la protección de sus datos personales.
El artículo 73, fracción XXIX - O constitucional se establece que el Congreso tiene la facultad para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de particulares.

La protección de datos personales en México se garantiza a través de dos instrumentos legislativos:

Al sector público federal le es aplicable la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG).
Al sector privado le es aplicable la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares (LFPDPPP).

Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIPG)

Este instrumento reconoce por primera vez en México la protección de los datos personales.
Se limita a las bases de datos del sector público a nivel federal.
Su capítulo IV establece un marco muy general que regula la obtención, transmisión, uso y manejo de los datos personales en posesión de dependencias y entidades federales.